Casa en alquiler.

La introducción de limitaciones por parte del poder ejecutivo a la libertad de pactos en la fijación de la renta se considera desde el Colegio de Administradores de Fincas de Madrid negativo y en contra de la ley básica y natural para la relación contractual de arrendamientos sobre viviendas, que deja que las partes pacten libremente la renta a pagar por el arrendatario a la propiedad de la vivienda.

Pese a que el Tribunal Constitucional ha avalado la creación de un índice de precios del alquiler, CAFMadrid se suma a la Comunidad de Madrid en su negativa a asumir esta competencia. “De aceptarse esta limitación de precios se crearía una inseguridad jurídica total y absoluta en el mercado de alquileres, que llevaría inevitablemente a la retirada de un importante número de viviendas”, comentan desde el CAF Madrid.

Los administradores de fincas explican que la historia demuestra que esta medida en España tiene efectos perniciosos en el mercado del alquiler. Durante los años 1987 y 1989 se limitó transitoriamente la renta que ya había sido pactada contractualmente, y desencadenó que los propietarios de las viviendas vacías no las pusieran en el mercado.

También exponen la mala experiencia en la limitación de rentas en otras capitales europeas de nuestro entorno y su resultado negativo. En París, por ejemplo, que aprobó la “Ley Alur” para frenar en gran medida los precios del alquiler, tuvo como efecto inmediato el sacar del mercado del alquiler 20.000 viviendas, reduciendo la oferta de inmuebles.