El reciente real decreto ley que entró en vigor con medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler, pendiente de convalidación, supone un “nuevo impulso para el Seguro de Impago del arrendamiento, según el análisis de Arrenta Quarto Pilar.
La compañía explica que el impulso se debe a que con la nueva situación se limita a dos meses la
garantía adicional a la anza que se puede solicitar a los inquilinos y también aumenta el tiempo
de duración de los contratos, por lo que “solo los seguros de impago de alquiler garantizan el
cobro de la renta en caso de incumplimiento de forma prácticamente inmediata”.
En este sentido, señala que las exigencias y garantías personales para los arrendatarios antes de
la entrada en vigor del nuevo decreto ley eran ilimitadas, pero a partir de ahora dichas garantías se
han limitado a dos meses, a las que hay que sumar un mes de fianza y el mes por adelantado,
cantidades que se pueden abonar a través de depósito o de aval bancario.